Canal de denuncias internas y externas
Ley 2/2023 de canal de denuncias
Esta Ley de canal de denuncias se traspone de la Directiva UE 2019/1937 del parlamento europeo de 23 de octubre de 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.
Por medio de esta normativa, se establece que, durante un período de dos años, se garantiza la protección de los informadores (denunciantes), manteniendo su anonimato y protegiendo especialmente su identidad. Se establece, pues, la implementación de un canal de denuncias obligatorio para empresas con más de 50 empleados, junto con la posibilidad de tramitar denuncias de manera anónima.
Se solicitará un correo electrónico para la notificación de la resolución de la denuncia y la aclaración de cualquier duda que nos permita solucionar la situación denunciada.